La Seguridad Social consulta el criterio de los ginecólogos españoles para evaluar las situaciones de riesgo laboral durante el embarazo de las trabajadoras
La Seguridad Social distribuirá un minucioso informe elaborado por la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia (SEGO) entre los médicos del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y del Servicio Público de Salud, con el fin de ordenar y orientar la valoración de los riesgos que el puesto de trabajo o su desempeño puede suponer para las trabajadoras embarazadas.
La legislación española en materia de Seguridad Social establece una prestación específica para el caso en el que la mujer embarazada se vea forzada a abandonar el puesto de trabajo que suponga un riesgo para su salud o la del feto. También está prevista la protección genérica de la trabajadora cuando el embarazo sea clínicamente de riesgo. En este caso, podrá solicitar el subsidio por Incapacidad Temporal.
La SEGO, a instancia del INSS, ha preparado un documento que establece como punto de partida la normativa internacional y nacional existente en materia de protección laboral del riesgo por embarazo. El informe concreta los tipos de riesgos a tener en cuenta: físicos, químicos o tóxicos, biológicos, ambientales y de procedimientos industriales, y los consejos de actuación según cada tipo y sus divisiones.
Por último, el documento concreta las actividades industriales incompatibles con el estado de gestación de las trabajadoras, a partir de la normativa comunitaria.
Fuente de Datos: Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Peligros en la oficina
Aunque nos parezca mentira una oficina puede ser un lugar peligroso. Si no os lo creéis visionad el siguiente vídeo y estad atentos a todos los trabajadores de esta oficina:
Agentes ambientales
La “enfermedad profesional” implica que se deriva del trabajo u ocupación del individuo o tiene alguna conexión con él. En algunos casos es la causa principal, y en otro solo puede ser considerada como factor coadyuvante. Hay un agente etiológico para cada enfermedad profesional, lo mismo que lo hay para la enfermedad contagiosa.
Los Agentes Ambientales:
Uno de los Objetivos mas importante de la higiene industrial es la prevención de los prejuicios a la salud de los trabajadores por los contaminantes ambientales. Para lograr ese fin es necesario:
- Reconocer el riesgo.
- Estudiar y evaluar el problema.
- Promover medidas correctivas para eliminar el problema.
Los contaminantes ambientales que causan enfermedades ocupacionales pueden ser clasificados en tres grupos fundamentales: agentes químicos, agentes físicos y agentes biológicos.
Definición de Enfermedad Profesional
Enfermedad profesional es, la adquirida por el trabajador como consecuencia de su propio trabajo. O mas sencillo aún, como la definió Ramazzini en el título de su obra: “Las enfermedades a que están expuestos los trabajadores por razón de sus profesiones.”
Desde el punto de vista legal, la ley del trabajo Venezolana en el artículo “se consideran como enfermedades profesionales todos los estados patológicos resultante del trabajo que efectúa el obrero o en el medio en el cual se encuentra obligado a trabajar; y que provoca en el organismo una lesión o un trastorno funcional, permanente o temporal, pudiendo ser determinadas las dichas enfermedades profesionales por agentes físicos, químicos o biológicos.” El artículo 163 dice: “Se consideran como enfermedades o intoxicaciones profesionales las producidas por las sustancias que determinará el Ejecutivo al reglamentar la presente Ley, o por Resoluciones Especiales, cuando hayan sido adquiridas por obreros, empleados o aprendices que trabajen en industrias en las cuales se fabriquen o se empleen dichas sustancias”.
Definición de Higiene Industrial
Higiene industrial es el arte, ciencia y técnica de reconocer, evaluar y controlar los agentes ambientales y las tensiones que se originan en el lugar de trabajo y que pueden causar enfermedades, perjuicios a la salud o al bienestar, o incomodidades e ineficiencia entre los trabajadores.
La definición admite que en los lugares de trabajo hay agentes ambientales y tensiones que pueden causar enfermedades. Esos agentes pueden ser reconocidos, evaluados y controlados y tal actividad es primordial en higiene industrial.
Atendiendo a lo que entendemos por salud, consideramos que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha definido a la salud como un estado de completo bienestar físico, mental y social.
El número de inspectores de Trabajo y Seguridad Social se incrementará en 200 durante 2008
El aumento del número de plazas multiplica por diez la media entre 1997 y 2003 y por tres la oferta de los dos últimos años.
El número de efectivos de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social se incrementará durante el año 2008 en 200 inspectores y 50 subinspectores. Este incremento del número de plazas de nuevo ingreso aparece publicado en el Boletín Oficial del Estado tras ser aprobada por el Consejo de Ministros la oferta de empleo público para este año.
Con ello se da también cumplimiento a los acuerdos alcanzados en la Mesa de Diálogo Social y a la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo.
El número de plazas de inspectores de la oferta de 2008 multiplica por tres la oferta de los últimos dos años y por diez, la media entre los años 1997 y 2003.
El número de plazas convocadas para subinspectores de Empleo y Seguridad Social durante 2008 no aumenta por el momento y se mantiene la cifra de 50, aplazando su incremento a las 100 previstas, hasta que se cree la especialidad de subinspectores de Prevención de Riesgos Laborales, mediante la incorporación de los técnicos habilitados por las comunidades autónomas. Esta propuesta está en fase de consulta y para su instrumentación es necesario modificar la Ley Ordenadora de la Inspección.
No obstante, la oferta supone multiplicar por cuatro el número de efectivos de los años 1997 a 2003.
El objetivo de estas medidas es no sólo incrementar el número de plazas, sino lograr un equilibrio del sistema, adecuando su perfil a las demandas sociales y, sobre todo, contribuir a la reducción de la siniestralidad laboral.
Fuente de Datos: Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales